BELGICA – El Consejo Europeo ha llegado a un consenso para enmendar la regulación de deforestación de la UE (EUDR), retrasando su aplicación por 12 meses.
Esta extensión permite a terceros países, estados miembros, operadores y comerciantes prepararse adecuadamente para las obligaciones de diligencia debida, asegurando que ciertos productos vendidos o exportados desde la UE sean libres de deforestación. Estos productos incluyen carne de ganado, madera, cacao, soja, aceite de palma, café, caucho y algunos productos derivados.
La regulación, vigente desde el 29 de junio de 2023, exige que los productos que ingresen al mercado de la UE o sean exportados no contribuyan a la deforestación o degradación forestal. Debido a preocupaciones sobre el cumplimiento del plazo original del 31 de diciembre de 2024, la Comisión propuso un aplazamiento de un año.
Con el nuevo cronograma, las obligaciones serán vinculantes a partir del 30 de diciembre de 2025 para grandes operadores y comerciantes, y del 30 de junio de 2026 para micro y pequeñas empresas.
Este retraso permitirá la implementación efectiva de sistemas de diligencia debida que identifiquen riesgos de deforestación y aseguren el cumplimiento de las regulaciones de la UE.
Solo se permitirán en el mercado de la UE los productos producidos en tierras no sometidas a deforestación desde el 31 de diciembre de 2020.
El Consejo informará ahora al Parlamento Europeo, con el objetivo de lograr la adopción formal y la publicación en el Diario Oficial de la UE antes de fin de año.
0 Comments